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Condenada una empresa por el informe de su detective

El informe de un detective es fundamental para justificar un despido procedente. Sin embargo, la actividad del detective está obligada a cumplir ciertas obligaciones formales. La Ley de Seguridad Privada establece una serie de requisitos para que dicho informe sea usado válidamente en los tribunales. Os contamos el caso de una sanción anulada a un trabajador por vulnerar los derechos fundamentales que ha terminado con una condena a la empresa por vulnerar los derechos fundamentales.

¿Qué ha pasado?

Un trabajador con trastorno adaptativo está de baja y su empresa sospecha que utiliza la baja de manera inadecuada. Para comprobar la actividad que realiza durante la vigencia de la baja, la empresa contrata un detective. El detective realiza un informe donde comprueba la actividad que realiza dentro de su segunda residencia y un campo de golf. En base a este informe la empresa sanciona al trabajador con dos meses de empleo y sueldo.

El trabajador no está conforme con la decisión de la empresa y la recurre. El Juzgado de lo Social nº2 de Donostia – San Sebastián considera inadmisible la prueba al haberse realizado vulnerando la intimidad del trabajador. Finalmente el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco confirma la inadmisión y la sanción queda anulada. El trabajador recibe una indemnización de 15.000 euros en concepto de daños y perjuicios al trabajador.

¿Qué ha infringido la prueba pericial del detective?

La prueba pericial es fundamental en los procedimientos de despido o de sanción de un trabajador. Sin embargo, el informe del detective tiene que cumplir una serie de garantías. En este caso, el informe debe hacerse en lugares públicos sin invadir la intimidad del trabajador. Es decir, la actividad del detective debe circunscribirse a zonas públicas. Por lo que no puede incluir fotografías o informes sobre lo que hace el trabajador en su vivienda particular o en algunos lugares privados.

En este caso, el artículo 48 de la Ley de Seguridad Privada regula la actividad de estos investigadores privados y la limita con la privacidad de los investigados.

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¿Qué consecuencias tiene la anulación de una prueba de este tipo?

La principal consecuencia es que se tiene como no aportado el informe. Y en los casos de despido o de sanción el impacto económico para la empresa puede ser muy importante. Además de las posibles indemnizaciones que solicite el trabajador y que sean aprobadas por el juez. Igualmente, los hechos quedarían como cosa juzgada sin poder volver a reclamarse.

¿Y si soy yo el trabajador perjudicado por una investigación ilegal?

La principal defensa puede ser buscar la anulación de dicho informe y en consecuencia dejar sin argumentos la demanda de la empresa. Por lo que habrá que analizar la demanda concreta.

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