¿Cuál es la diferencia entre un falso autónomo y un TRADE?
Empecemos por lo básico. Un falso autónomo es un trabajador por cuenta ajena que está dado de alta como trabajador autónomo. Se encuentra bajo las directrices directas de un empresario y es este el que asume los riesgos de la actividad. Igualmente, el empresario recibe los frutos. Por otro lado, el TRADE (trabajador económicamente dependiente) es un autónomo real que aunque asume él los riesgos y beneficios de su actividad, depende en más del 75% de sus ingresos de otro empresario.
¿Qué tienen en común un falso autónomo y un TRADE?A nivel de TGSS y Agencia Tributaria, ambos están dados de alta por cuenta propia. Sin embargo, en el caso del falso autónomo suele ser el empresario el que abone sus cotizaciones sociales. Que serían mucho menores que en caso de estar dados de alta por cuenta ajena.
La figura del TRADE se asemeja a la de un trabajador por cuenta ajena. Sin embargo, la principal diferencia es que es él quien tiene los medios y organiza su sistema de producción. Tiene pactada con el empresario principal una forma de retribución por el servicio que presta.
Un ejemplo de esto sería un electricista encargado del mantenimiento de un complejo hotelero. Él tiene sus medios y organiza las tareas a realizar. Sin embargo, como es autónomo, fuera de este trabajo principal, también puede realizar instalaciones o mantenimientos para otros clientes.
¿Cómo se registra un TRADE y qué derechos tiene?
AL estar cerca de la figura el empleado el TRADE debe registrarse en este registro especial y cumplir una serie de requisitos:
- Ser una persona física con actividad económica o profesional, que percibe de forma habitual el 75% o más de sus ingresos de un único empresario.
- No tener a su cargo trabajadores ni contratar o subcontratar parte o toda del trabajo que realiza (salvo en los casos de baja).
- No ser titular de un establecimiento, locales u oficinas abiertos al público, ni ejercer la profesión de forma conjunta con otros profesionales.
- No hacer el mismo trabajo que realizan el resto de los empleados del cliente.
- Tener una infraestructura y materiales de trabajo propios.
- Trabajar bajo criterios organizativos propios, aunque puede recibir indicaciones técnicas por parte del cliente.
- Recibir un pago por el resultado del trabajo, asumiendo el riesgo y ventura por la actividad.
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¿Qué puedo reclamar si soy un falso autónomo?
En caso de ser falso autónomo se puede reclamar el despido (al igual que los trabajadores por cuenta ajena) en caso de improcedencia, nulidad, etc. Igualmente puede solicitar el pago de las cotizaciones sociales que él ha realizado y que corresponden a la empresa, así como el pago de vacaciones.
¿Te encuentras en una situación así?
Tanto si eres un TRADE, como si eres un falso autónomo, te podemos aconsejar qué hacer para mejorar tu situación laboral. En casos de despidos o reclamaciones, las cantidades suelen ser grandes por lo que te recomendamos que estudies tu situación bien antes de actuar.
En Abogados Laboralistas Granada nos preocupamos por nuestros clientes. Si necesitas ayuda, estamos encantados de responder tus dudas en la sección de contacto. También podemos atenderte por correo electrónico o por teléfono. Ambos se encuentran al pie de esta publicación.
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