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El despido colectivo [Guía completa 2024]

Uno de los tipos de despidos que puede sufrir un trabajador es el denominado despido colectivo. Hoy, en nuestro blog de derecho laboral, los abogados laboralistas expertos de nuestro despacho de abogados comentan las claves del mismo. Te diremos qué hacer y cómo buscar la mejor solución en los casos de despido colectivo.

¿Qué es un despido colectivo?

Tal como viene recogido en la web del Ministerio de Trabajo, un despido colectivo es una extinción de contratos de trabajo basado en motivos técnicos, organizativos, económicos o de producción que afecta a una parte importante de los trabajadores de una empresa.

Las condiciones se regulan en el Estatuto de los Trabajadores. Y obliga a que afecte a una parte de la plantilla.

¿A cuántos trabajadores tiene que afectar?

Al tratarse de un despido colectivo deberá afectar a una parte significativa de la plantilla de la empresa. Para empresas de menos de 100 trabajadores deberá afectar al menos a 10 de los trabajadores. En empresas con plantilla entre 100 y 300 trabajadores a un 10% de los empleados. Y cuando se trate de empresas de más de 300 trabajadores, deberá afectar al menos a 30 trabajadores.

También será despido colectivo el despido de más de 5 trabajadores en caso de extinción de todos los contratos de trabajo por el cierre de la empresa.

¿Cuál es el procedimiento?

El procedimiento se inicia por el empresario que lo comunicará a los representantes de los trabajadores. Después de los 7 días siguientes se deberá constituir una comisión de trabajadores. Igualmente deberá remitirse a la autoridad laboral una memoria explicativa de las causas (hablaremos de esto más adelante) que justifican la adopción de esta medida.  A continuación se abre el periodo de consultas de 30 días naturales para hacer alegaciones (15 en empresas de menos de 50 empleados).  Y se dará cuenta del resultado de este periodo. Las medidas que pueden adoptarse irán encaminadas a reducir los despidos o a amortiguar su daño a los trabajadores.

Finalmente la autoridad laboral dará cuenta al INSS para su informe definitivo.

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¿Qué causas motivan este tipo de despido?

Hablamos de unas causas específicas recogidas en el Estatuto de los Trabajadores. Son las siguientes:

  1. Causas económicas: Hablamos de pérdidas reales, actuales o futuras previstas por la evolución de la actividad de la propia empresa. Con pérdidas sostenidas por la empresa.
  2. Causas técnicas: Se trata de cambios en el modelo de producción que afecten a la plantilla.
  3. Causas organizativas: En la actividad de la empresa.
  4. Causas de producción: Que afecten a la demanda de los productos o servicios prestados por la empresa.

Estos motivos deberán ser ampliamente justificados por la empresa.

¿Cuál es la indemnización por despido colectivo?

Salvo mejora derivada de las negociaciones, la indemnización para los trabajadores será la misma que en los casos de despido objetivo. Esta asciende a 20 días por año con un máximo de 12 meses.

En Abogados Laboralistas Granada nos preocupamos por nuestros clientes. Si necesitas ayuda, estamos encantados de responder tus dudas en la sección de contacto.  También podemos atenderte por correo electrónico o por teléfono. Ambos se encuentran al pie de esta publicación.

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